Marco Político Juridico
Para promover la inclusión como un derecho fundamental, el gobierno bolivariano, liderizado por el Presidente Hugo Chávez, desde 1999, ha promulgado políticas de incorporación y uso educativo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), en los centros de enseñanza, tal como lo establecen los artículos 108 y 110 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Las TIC en el Sistema Educativo Venezolano
- Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Arts108 y 110)
- Ley Orgánica de Educación 2009.
- Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología en Innovación.
- Ley Sobre Mensajes de datos y Firmas Electrónicas.
- Ley Nacional de Juventud (Art 28, 29 y 38)
- Ley Orgánica de Telecomunicaciones.
- Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes (Arts 68 al 76).
- Decreto No. 825 Art 1,5 8
- Decreto No 3390 Arts 1 y 10
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